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domingo, 1 de diciembre de 2019


PRIMERA MUJER ESPAÑOLA EN CONSEGUIR UN DOCTORADO EN MATEMÁTICAS EN 1928.

Maria del Carmen Martínez Sancho

El Instituto Cardenal Cisneros de Madrid, inaugurado en 1845 con el nombre de Instituto del Noviciado[1], junto con el Instituto San Isidro, fueron los dos primeros Institutos de Segunda Enseñanza que se crearon en Madrid durante el reinado de Isabel II, para impartir la enseñanza secundaria como consecuencia de la aprobación del conocido Plan Pidal, el cual integraba las enseñanzas medias en estos institutos. Tanto por su claustro como por su alumnado, pasaron multitud de personalidades cuyos expedientes podemos encontrar en el fondo de este instituto custodiado por el Archivo Histórico Nacional desde 1962[2]. Estos se completan con los expedientes de la Universidad Central, ya que al considerarse la Segunda Enseñanza la base para los estudios superiores, muchos de los alumnos de este Instituto continuaron sus estudios en dicha universidad. Los fondos de esta institución fueron igualmente depositados en el Archivo Histórico Nacional en diferentes remesas desde 1896[3]. La consulta de ambos fondos se puede considerar relevante para estudios de carácter biográfico y prosopográfico teniendo en cuenta que muchos alumnos del Instituto llegaron a ser personalidades públicas en el campo de la política, la literatura o las ciencias. Además, si damos un paso más allá, es una gran “mina” para la realización de estudios de género, ya que se puede comprobar la evolución de la presencia de la mujer en los estudios de segundo grado y superiores y el trato que recibían, como en alguna ocasión algunas de estas personalidades han afirmado.
El caso que presentamos a continuación, cuyos expedientes hemos querido reseñar como pieza del mes del AHN, es el de la científica María del Carmen Martínez Sancho, primera mujer en España en conseguir un doctorado en Matemáticas en 1928 y una cátedra de instituto en esta misma disciplina en El Ferrol ese mismo año. Esta investigadora del primer tercio del siglo XX, toledana, ligada a la Institución Libre de Enseñanza (ILE), aunque ella no estudiara en esta sí lo hicieron sus hermanos, finalizó el Bachillerato en 1918 en el Instituto Cardenal Cisneros. En aquel momento, según afirma en sus estudios Natividad Araque, había muy pocas mujeres en sus aulas como alumnas oficiales y les obligaban a sentarse en lugares distantes del alumnado masculino. Nuestra protagonista se mostró muy crítica con estas enseñanzas llegando a afirmar que los profesores calificaban con notable a todas las alumnas, sin ningún tipo de objetividad, puesto que las mayorías de las alumnas carecían de conocimientos. El curso siguiente ingresó en la Universidad Central en la Facultad de Ciencias, donde coincidió con insignes profesores como Julio Rey Pastor, cuya influencia en ella fue decisiva. Fue admitida en el magisterio secundario en la Sección de Matemáticas del Instituto Escuela de Madrid, dependiente de la Junta de Ampliación de Estudios[4] (JAE) el 5 de octubre de 1922 (desempeñando su docencia desde octubre de 1922 hasta junio de 1928). Trabajó en el Laboratorio y Seminario Matemático, organismo igualmente dependiente de la JAE, junto a José María Plans, director de su tesis doctoral titulada “Contribución al estudio de los Espacios Normales de Bianchi” y fue nombrada vocal de la Sociedad Matemática Española en sesión extraordinaria del 8 de enero de 1927. Obtiene la cátedra de Matemáticas del Instituto de Segunda Enseñanza de El Ferrol (La Coruña) en 1928, aunque en 1929 fue nombrada en Comisión de Servicio catedrática de Matemáticas del Instituto Femenino Infanta Beatriz de Madrid. Desanimada por los métodos de enseñanza, y porque fuera un hombre el director del Instituto femenino, en 1930, animada por Plans, su director de tesis, solicita una pensión a la JAE para estudiar dieciocho meses en Alemania, donde entró en contacto con profesores como Friedrich Schur, Ludwig Bieberbach, o Adolf Hammerstein. A su vuelta se incorpora en 1932 en el Instituto Escuela de Sevilla[5] donde es docente hasta que la dictadura clausura el centro. Poco después consigue ser trasladada al Instituto Murillo de esa misma ciudad, donde ejerce su vocación hasta su jubilación en 1974.



[1] En 1877 y por Real Orden de 21 de junio, el Instituto del Noviciado cambiará su nombre por el de Instituto “Cardenal Cisneros”
[2] El Libro Registro del AHN, asiento 739, indica que el 17 de noviembre de 1962 se reciben 503 legajos de expedientes del Instituto Cardenal Cisneros de Madrid anteriores al año 1925.
[3] El Archivo de la Universidad Central de Madrid remite los primeros documentos del Archivo de la antigua Universidad de Alcalá el 31 de diciembre de 1896 (asiento 7 del Libro Registro del AHN). Meses más tarde, el 12 de mayo de 1897 (asiento 27 del Libro Registro del AHN) envía otra remesa de documentación.
[4] La Junta para Ampliación de Estudios e Investigaciones Científicas fue una institución creada en 1907, en el marco de la Institución Libre de Enseñanza, para promover la investigación y la educación científica en España. Presidida por Santiago Ramón y Cajal desde su fundación hasta su muerte en 1934. Fue desmantelada en 1939 tras la derrota republicana en la Guerra Civil.
[5] Fundado en Madrid en 1918 como experimento educativo para extender a la enseñanza secundaria oficial los principios pedagógicos fundamentales de la Institución Libre de Enseñanza y de la pedagogía europea más avanzada de la época

miércoles, 20 de noviembre de 2019


La Iglesia contra Bartolomé José Gallardo. El fiscal pide la muerte del erudito de Campanario




Las casas de los Gallardos fueron inspeccionadas por los hombres comprometidos en esta causa, el fin que buscaba era encontrar documentos que pudiesen acreditar los movimientos liberales de la familia Gallardo y otros, donde viniese reflejado su odio o desprecio hacia el trono y altar.
Frustrada la esperanza de hallar en poder de los presos escritos criminales o sospechosos, la única razón que encontraran los señores de la Comisión para acusar a los detenidos, será la que venga de la mano de un importante miembro de la Iglesia católica.
Dicho componente del hereje matrimonio formado por la realeza y el ara, era D. Francisco José de Molle, Presbítero, Capellán de honor de S. M. Inquisidor Honorario del Santo Tribunal de Granada y Comisario del de la Corte Real. Personaje que será el encargado de calificar a todos los diputados y a Bartolomé José Gallardo, de las más que evidentes calumnias que implicarán, a todos los condenados en la consolidación de sus acusaciones. En la práctica, los diputados liberales, desarrollaban en las Cortes Constitucionales votar libremente lo que considerasen oportuno para el bien y la libertad del pueblo, mientras tanto, la Iglesia y los serviles, lo veían como un sanguinolento escupitajo lanzado contra la cruz y la corona. El mejor ejemplo de ello lo tenemos en la declaración del Inquisidor D. Francisco Molle, el cual, como no podía ser de otro modo, se le resucitara su vena atributiva, contando lo siguiente de Gallardo.

“Que todo su contenido es cierto y verdadero, y como tal, nada se le ofrece que quitar ni enmendar, antes bien, sí añadir que el ateísta Gallardo era amigo intimo de Francisco Fernández Golfín, que fue uno de los más exaltados diputados liberales, y también del diputado Calatrava, con quienes lo vio pasearse muchas veces; que igualmente lo era de los diputados Torrero, Oliveros, Argüelles, Martínez Tejada, Nicasio Gallego, Zuazo, Giraldo, Villafañe, Conde de Toreno, Mejía y otros.
Que sabe, que el bibliotecario de las Cortes, Gallardo, les enseñaba el arte de declamar, y que Golfín, Calatrava y otros, se juntaban en la biblioteca a ensayarse los discursos que debían pronunciar en las sesiones. Que allí se trazaban con otros diputados, las intrigas políticas para trastornar al Estado, combatiendo las clases todas. Que tenían varias Juntas o club, siendo las principales la de Villanueva en la calle de San Francisco, donde se reunían diariamente a todas horas los principales corifeos de los citados liberales, y en donde vivía un tal Uriortua del Crédito Público; la del Conde de Toreno, donde se reunían varios, entre ellos, Nicasio Gallego, Dueñas y Argüelles, que vivía en la misma casa; la del abogado Saturio que vivía en cuarto bajo de la imprenta de Lema, en cuya casa se juntaban los más exaltados; la de la calle del Puerto, donde vivía un tal Perona, agente de negocios; la del Barón de la Bruguera, editor del Diario Mercantil, la de Aldana, que vivía en la calle del Puerto a la entrada en la calle Ancha. Que hacían igualmente club en los cafés de la Fama, Apolo y de los Patriotas. Que los que pueden mostrar estas materias y que actualmente se hallan en esta Corte son los siguientes: Los arriba citados, y junto a ellos, Bravo, Fap y Núñez, Brum, Michelena, y Piedra-buena (a quienes yo encargaba fuesen al café de Apolo diariamente para oír cuanto allí se hablaba, con el objeto de dar yo cuenta a la Regencia como lo hice muchas veces para su gobierno) Mier y el Padre Parra y los dos diputados del Cabildo Eclesiástico de Cádiz Cervera y Cos.
Los diputados y demás personas que asistían al club de Villanueva son las personas siguientes: Torrero, Oliveros, (que vivía en la casa) Ruiz Padrón, Villanueva, Lujan, el ministro Peruela, Conde de Noblejas y su hermano, Jáuregui, el teniente Rus, el cura del Rosario, Moreno, Guerra, D. Mariano Elias, Uriortua, que vivía en la misma casa, y otros muchos que no tiene presentes.
 Que sobre la Causa formada a nuestro Soberano en el Café de Apolo, lo que puede decir es: que fue notorio en Cádiz y que lo supo por el citado Piedra-buena, el impresor D. Nicolás Requena y por otros muchos que están en la ciudad de Cádiz, y que no tiene presente, siendo los principales que allí asistían, el Mariscal de Campo Aguirre, Corradi, y Aldana, los cuales con el clérigo Fernández al que llamaban el de la Constitución, ya que este cuando hacían músicas y alborotos públicos, llevaba las hachas de viento delante de la música en las noches que esta salía. Que sabe, que todas las personas arriba mencionadas, tenían comunicación con los alborotadores de las galerías de los cafés y de las Juntas o club. Que el declarante mismo había visto varias veces a los susodichos diputados, acompañarse con los partidarios más exaltados de su sistema, y que por asistir diariamente a las galerías de las Cortes para formar el extracto de sus sesiones que había de insertar en su periódico, oía a varios, que en el sentir del declarante, unos eran pagados por aquellos, otros eran hermanos, amigos, conocidos, criados de los citados diputados, los cuales, lanzaban muchas proposiciones impías, antimonárquicas y horrorosas contra las principales personas del Estado, sin perdonar los Reverendos Obispos, y aun varias veces, a la misma Cabeza de la Iglesia. Allí se veían y se escuchaba con frecuencia contar entre sí las tramas que en la noche anterior habían dispuesto para ganar la votación del siguiente día, anticipando muchas veces la resolución que hacían de dar estas según lo pactado.
La repetición de estos actos le ha persuadido siempre al declarante, de la íntima conexión que tenía las galerías, los cafés, y los clubs, con la parte liberal del Congreso.
Sabe igualmente el esmero con que todos ellos difundían sus escritos por toda la península, comisionándose ellos mismos en buscar su venta, recomendándolos y dándolos, unas veces abajo precio y otras gratis. Uno de los que más se esmeraban en hacer esta clase de servicio era Moreno, Guerra, Bujalance y Córdoba, lo que sabe por varias denuncias que se han hecho de aquellas ciudades.
Sabe también por varios conductos, que en las provincias tenían sus corresponsales encargados de dar a conocer sus máximas, por otras denuncias que ha tenido de Santiago y de la Coruña a cuya ciudad enviaron de Cádiz a D. Pablo Serica, el cual fue últimamente secretario de aquella Junta de Censura, a quienes como a otros escritores del Reino de Galicia, les tenía señalado el Gobierno algunos miles de reales para ayuda de su Periódico. Que estas noticias fidedignas las había sabido, por varias cartas de sujetos de aquel Reino, de que uno de los editores del Ciudadano por la Constitución llamado Peña, es uno de los protagonistas por la facción liberal, habiendo recibido cartas de Argüelles y de Nicasio Gallego, ofreciéndose a protegerlo siempre que sostuviere las nuevas ideas e innovaciones que aquellos premeditaban, asiento que no tiene castigado conforme merecía por haber sido editor de la Gaceta de Valladolid en tiempo de los franceses; y que se expulsó por sus máximas impías, revolucionarias y denigrativas del Augusto nombre del Soberano. Que los alborotos de las Galerías los sabe por sí mismo cuando se hallaba en ellas haciendo sus apuntes, donde fue insultado infinitas veces por los facciosos, y muchas amenazado con puñales y pistolas y con ser arrastrado por la plaza de San Felipe Neri. Que en ella vio hacer señas para que se armase el murmullo a los diputados, Torrero, Zorraquín, Nicasio Gallego, Dueñas y Calatrava, y que en efecto y al instante correspondían las galerías altas. Los ruidos escandalosos eran los que estaban en frente del lado de la facción liberal, siendo sus corifeos, Moreno, Guerra, Aldana, Martínez de la Rosa, el Conde de Noblejas y su hermano el Patrón Correa, el Juez de Primera Instancia de Madrid, D. Domingo Quintana, el capitán de navío Goñi, Arana oficial de la Secretaría de Gobernación, Sánchez Barbero y un boticario muy exaltado que no sabe su nombre, Narciso Rubio y D. José Calatrava hermano del diputado, que oyó decir muchas veces “fuera, fuera, muera, muera, a la barra todos esos pícaros serviles, deberíamos arrastrarlos, son unos infames y unos viles traidores”.
Que vio muchas veces sentarse sin dejarles hablaran, a muchos diputados contrarios a la facción liberal, porque no hablaban augusto de aquél. Que los murmullos muchas veces principiaban por los diputados liberales que se burlaban de sus compañeros dándoles gritos para que no continuasen, y otras veces, se levantaban siete u ocho veces los corifeos liberales; que públicamente insultaban por las calles a los diputados no liberales al salir de las Cortes.
Uno de los clubs donde se trataron todos los planes revolucionarios era la Biblioteca de Cortes que la dirigía Gallardo, allí el bibliotecario con algún oficial de la secretaria de Cortes también conocido no solo como ateístas sino como republicanos e inmorales, adiestraban a los diputados en lo que tenían que declarar. En la biblioteca se disponían los gritos y algazaras que se debían armar en las galerías, allí era donde se tomaban las medidas para ganar las votaciones y allí por último era de donde salían las especias para prevenir a los demás diputados de la facción, y lo que al otro día se había de discutir y la resolución que debía de darse. Le consta además al declarante, que hay logias en Cádiz, por cuanto tubo en su mano una patente dada en 1811 en una de las de aquella ciudad que le mostró su amigo el diputado Riesgo Inquisidor de Llerena, la cual fue presentada a la Regencia para que tomase las medidas convenientes. Lo sabe igualmente, porque tratando por acaso con un maestro de otra de las logias de Cádiz, criado del embajador de Inglaterra, en clase de maestro le escribió varias veces para que entrase en una de las logias en la clase de orador español pues no lo tenía. Le habló extensamente de su origen, progreso y trabajos que realizaban en muchas noches de conferencias. Le habló de algunos sujetos que componía la que él frecuentaba, asegurándole, que había diputados de Cortes, marinos, frailes y clérigos españoles, muchos comerciantes extranjeros y españoles y muchos militares ingleses y Walones. Y aun al declarante le dijeron, algunos oficiales de guardias españolas, que los habían inducido a que entrasen en la logia y que otra había en la calle del Puerto en la última casa al salir de la Alameda, sin saber a punto fijo si en ella vivía el Barón de la Brullere o un tal Perona, agente de negocios, pero que uno y otro eran ambos de ella y el último, intimo amigo del poeta Quintana y de todos los principales corifeos del liberalismo. Que en esta entraba también un tal Uriortua del crédito público muy conocido en Cádiz y Sevilla, por su (adicción) digo adhesión a las nuevas máximas y sistema impío y republicano. Que de esto último pueden informar de su conducta, los sujetos referidos al principio, como avecindados en Cádiz y también D. José Brum tesorero de Cádiz; que los diputados que asistían a esta última logia eran Obregón, Rodrigo, y otros que no tiene presentes, lo cual supo por D. Eugenio Agadini oficial de correo de Málaga, a quién querían inducir a entrar en la citada logia. También lo supo por un guarda llamado Rodrigo”. [1]



Con fecha 14 de mayo de 1815, de nuevo hace acto de presencia el Inquisidor Molle ante el juez de Corte en Madrid, la misión de este será, la de ratificar lo que sabe con respecto a los ataques perpetrados por el bibliotecario de las Cortes de Cádiz contra los pretéritos y vetustos desposados. Hecho el juramento según derecho ante Dios y una cruz, el inquisitivo juez determinó lo siguiente.

“D. Francisco José de Molle, Presbítero, Capellán de honor de S. M. Inquisidor Honorario del Santo Tribunal de Granada y Comisario del de la Corte Real.
Certifico en la manera que puedo, que examinadas las declaraciones que anteceden, las encuentro conformes en un todo con las que di en la Sumaria General de las Causas de Estado, por lo que me ratifico en ellas añadiendo, que de mayor dilucidación de la causa pendiente contra D. Bartolomé José Gallardo, tengo que decir, que no solo su obra titulada Diccionario Crítico Burlesco fue la más escandalosa que se publicó en aquella época, sino que además, fue igualmente autor de otros muchos artículos que se insertaron en la Abeja de Madrid, Redactor General de Cádiz, y en otros periódicos de aquella ciudad, en todos los cuales se notaban los mayores improperios, sarcasmos e invectivas contra los Reyes, Pontífices, Obispos, Clérigos, Nobles, Magistrados y Militares; blasfemias, herejías e impiedades que manifestaban el corazón depravado de dicho autor, y su encono contra el Altar y el Trono. Era el principal corifeo de los liberales, a quienes dirigía, y no solo a los exaltados de las galerías, sino también a los mismos diputados de Cortes y club de aquella ciudad.
Su conducta civil y religiosa siempre ha sido depravada, ha estado preso varias veces, quienes pueden dar mucha luz con respecto a aquella y sus delitos, son los Señores Riesco, Inquisidor de Corte, el Presbítero D. José Espejo, que vive calle de la Greda nº 20, cuarto segundo, el Marqués de Villapanes, que vive en la Carrera de San Jerónimo, D. Mariano Martín Esperanza, Provisor de Cádiz, y otras muchas personas a quienes he oído semejantes noticias. También ayudó Gallardo al Príncipe de la Revolución y a los Generales Franceses, a levantar planos topográficos de las fronteras de Portugal y de varias Provincias; tuvo mucho influjo en los diputados americanos y les avisaba de cuantos pasos se daban para sujetar a los infidentes.
He oído también, que después que se huyó de Madrid se fue a Portugal, y que de allí pasó a Inglaterra y Francia, desde donde continúa haciendo daño a la Madre Patria, escribiendo papeles contra nuestro Gobierno y franqueando sus trabajos a los Redactores de Periódicos extranjeros, en descrédito de Nuestro Soberano, Institutos Civiles y Religiosos y contra nuestros usos y costumbres, todo lo cual, lo he oído y visto en el tiempo que estuvo dicho Gallardo en Cádiz y Madrid. Para que conste en los autos que se le están haciendo, doy la presente de orden del Doctor D. José Ruiz Caballero, encargado de la ratificación de testigos. En Madrid a 14 de mayo de 1815. Firmado. Francisco José Molle”[2]

Con estas manifestaciones contundentes del Inquisidor y creíbles para los miembros de la Causa de D. Bartolomé y, vistas las mismas por el Fiscal en el mismo día en que se expusieron, este expresará en el siguiente documento la sentencia que cree se debe dictaminar contra D. Bartolomé José Gallardo Blanco.

“El Fiscal ha visto la causa formada en rebeldía a Bartolomé Gallardo, natural de Campanario en la Provincia de Extremadura, bibliotecario de las extinguidas Cortes, que según los méritos de aquella dice: que por suficiente número de testigos parece ser uno de los más exaltados del Partido Liberal, ya por las remesas de papeles que mandaba a su hermano José Antonio, en los que se vertían las máximas subversivas, por escribirle que si S. M. no juraba la Constitución no entraría en Madrid, y que formase en la oficina de su cargo de la biblioteca de Corte, uno de los club en los que se trataba los medios para alborotar en las galerías si ganaban las votaciones, así como de prevenir las materias y las revoluciones que habían de darse.
Consiguiente a estos principios de ideas, fue individuo y amigo de varias logias de fracmasones donde se tramaban planes horribles, e igualmente, uno de los facciosos en la noche del 16 de septiembre del año 1813, con cuyo hecho ofendía a la llamada representación nacional en quién creía rendir la soberanía. Y si estos procedimientos no fueran suficientes para caracterizarle como reo de los más señalados crímenes, tenemos que decir, que el Diccionario Crítico Burlesco, obra de sus manos, da a conocer en términos claros y convincentes, que sus miras se dirigían a la ruina del Trono y el Altar. En aquel, después de varias invectivas, no deja de notarse la que dirige contra la Sagrada Persona de S. M. y sus ministros, al paso de ridiculizar la infalibilidad de la cabeza visible de la Iglesia.
¿Por qué sería, que cuando los beneméritos españoles avisaban ver a S. M. dentro de la capital, D. Bartolomé Gallardo hiciese retirada no solamente de sus amigos y sectarios, sino también de la compañía de sus parientes de Campanario? Un hombre manchado con tan feos delitos no podía existir entre los buenos, y así es que, a motivo de la inquietud y turbulencias de su pueblo, tuvo que precipitar la salida convencido de su más que reprensible modo de obrar, prefiriendo la pena de expatriarse antes que a las leyes le pudiesen imponer. Por lo que no debiendo el fiscal mirar con indiferencia tan graves delitos sin que sean castigados cual corresponde y, deseando que las leyes y sus penas se apliquen a los verdaderamente reos, él acusa criminalmente en vista de los enunciados cargos y demás resultantes del proceso bajo la protesta de ampliación, o enmiendas si necesario fuere; y pide que a D. Bartolomé Gallardo se le condene a la pena señalada  en la ley segunda título segundo de la Partida 7 con la de confiscación de bienes y su aplicación en los términos que designa: sin embargo la Comisión determinará lo más  justo.
Firmado. D. Francisco Mateo Marchamalo. Madrid 14 de mayo de 1815”[3]

El Fiscal manda su petición de condena a la Comisión de Causas de Estado en Madrid, y esta, a la vez, mandara dicha petición a S. M. para que certifique y sentencie definitivamente al erudito de Campanario. El acusado y condenado como ya sabemos, estaba fuera de España, razón por la cual, la condena que le pusiesen no le afectaría físicamente, pero sí sicológicamente, ya que la Comisión había emprendido la Causa contra su hermano José Antonio, quién por cierto todavía no había declarado.
Esto es lo que cuenta la Comisión a S. M. de la petición de condena que ha hecho el Señor Fiscal.

“A la causa que se formó a su hermano José Antonio Gallardo vecino de Campanario, se unieron varias cartas que se le encontraron de D. Bartolomé José Gallardo, en las que le expresaba y le remitía, diferentes impresos, entre ellos el Diccionario Crítico Burlesco del que indicaba ser autor y la defensa del mismo con el fin de que lo distribuyese a sus amigos. Testigos de la misma sumaria aseguran, que fue editor de la Abeja Madrileña, a cuyo periódico se le ha formado y determinado causa contra otros sujetos.
El expresado Diccionario que se dirige a impugnar el llamado Razonado Manual con expresiones satíricas con que procura ridiculizar, contiene así en su introducción como en todo el discurso de la obra de forma señalada, voces como democracia, libertad, pueblo, verdad, muerte, mortaja y otras proposiciones acaloradas en defensa de la Constitución, e instituciones abolidas y opuestas al sistema Monárquico. Se pone en duda la inhabilidad de la Iglesia y del Papa, así como otras verdades de la religión, también se ofende al Consejo de Castilla, al Tribunal de la Inquisición, y a sus ministros.
Vista la causa y citadas las partes, se ha dado sentencia por parte del Ministerio Fiscal condenando a Bartolomé José Gallardo a la pena ordinaria de muerte, le sean confiscación todos sus bienes y en todas las costas de la causa, con calidad, de que presentándose o pudiendo ser habido, se le oigan sus excepciones y defensas.
V. M. resolverá sin embargo lo que fuere de su soberano agrado. Madrid 13 de noviembre de 1815. Firmado. La Comisión de Causas de Estado”.[4]

A espera de lo que dictamine el Monarca en Madrid, en Extremadura se seguía el Juicio contra el hermano de D. Bartolomé. Vinuesa quería a acreditar la fuga que de Campanario causo D. Bartolomé Gallardo a Portugal, el rumbo que tomó, a que punto se dirigió, que persona o personas le auxiliaron, con quienes trató durante su residencia en este pueblo, donde tuvo su morada y otras preguntas que saldrán a continuación.

“Procédase a recibir la correspondiente sumaria en razón de los fines que conspiran estas actuaciones, siendo esta extensiva a acreditar la fuga que de esta villa parece causo D. Bartolomé Gallardo a Portugal, el rumbo que tomó, a que punto se dirigió, que persona o personas le auxiliaron, con quienes trató durante su residencia en este pueblo y donde tuvo su morada en el, y demás que convenga, para lo cual, se harán comparecer a los vecinos que sobre ello puedan deponer.
Los arrestados, Gallego, Sandía y Gallardo se encuentran en sitio no seguro por falta de cárcel y casa a propósito donde tenerlos, por cuya razón, el progreso de éstos expedientes podrá entorpecerse afín de evitar los perjuicios que son consiguientes, y que los testigos declaren con libertad cuanto le conste en razón de lo que fueron preguntado. Remítanse aquellos al alcalde de D. Benito que los tendrá en su Real Cárcel sin comunicación, privándoles el uso de papel y tintero, a disposición de su Señoría, sobre que será responsable dicho alcalde. Así lo mando y lo firmo el Sr. Gobernador de la Real Sala del Crimen de esta Provincia en Campanario. A 18 de junio de 1814. Firmado Vinuesa. Ante mí Juan Valentín y Galán”.[5]

Los reos serán llevados a las cárceles de D. Benito, y el escribano lo certifica diciendo.

“La doy yo el Escribano, en cumplimiento de lo mandado anteriormente, se remitieron al alcalde de D. Benito los arrestados: Martín Gallego, Juan Sandía y José Antonio Gallardo, fueron acompañados por el comisionado Francisco Antonio Fernández y el correspondiente oficio y auxilio en esta hora que serán las tres de la tarde de este mismo día, y para que conste lo pongo por esta nota que firmo”.

Mientras los convictos liberales dan con sus huesos en las prisiones de D. Benito, en Campanario se reanuda el Juicio contra los Gallardos. Nuevos testigos vendrán a aportar noticias, que irán aclarando los acontecimientos ocurridos en el marco de la familia del bibliotecario de Cádiz. Pero eso será una nueva historia que contaremos en nuestro próximo relato.




[1] AHN. Consejos. Legajo 6301.Exp. 1.

[2] Ibíd.
[3] Ibíd.
[4] Ibíd.
[5] Ibíd.

martes, 19 de noviembre de 2019


 Declaraciones de testigos de Campanario sobre Bartolomé José Gallardo 





Después de la fuga de D. Bartolomé José Gallardo Blanco, campanario entraba en tensión ante la visita de quienes venían a tomar declaración, para saber cómo fue la fuga del liberal extremeño. Diferentes testigos, previamente citados, naturales de la villa, tendrán que acudir a las dependencias municipales con el fin de aportar respuestas a las diferentes preguntas lanzadas por la justicia de Fernando VII.   

Como contábamos en nuestra anterior narración, el primer refrendatario o deponente que será llamado para tomarle testificación, será D. Antonio García Miranda, quién dirá del bibliotecario Bartolomé, lo que sigue:

1º. Testigo. Declaración de D. Antonio García Miranda.

“En la villa de Campanario a 14 de febrero de 1815, el Señor Juez comisionado para estas diligencias D. Juan Francisco Biscamilla, hizo comparecer ante mí, a D. Antonio García Miranda de esta vecindad y de quién se recibió juramento que hizo por Dios y ante una Cruz según derecho; bajo del cual ofreció decir la verdad en lo que supiese y le fuese preguntado. Se le leyó las dos declaraciones que ya tiene hechas en la pieza General formada contra el ausente D. Bartolomé José Gallardo. A los folios cincuenta y uno vuelto y sesenta y tres también vuelto, dijo: que su contenido en todas sus partes es cierto, y como talla, declaró ante el Sr. Gobernador de la Sala del Crimen de esta Real Audiencia, en los días que se refiere, en todo lo cual se afirma y ratifica y en caso necesario declara de nuevo, sin tener que añadir, reformar ni quitar. Y habiendo mandado manifestar con distinción y toda claridad cuanto supiere relativo a la fuga y  delitos de D. Bartolomé José Gallardo dijo: que nada tiene que añadir, distinguir ni declarar a lo que tiene manifestado, y es que es público y notorio, que en el tiempo que el referido Gallardo fue bibliotecario en las Cortes extinguidas y editor del Periódico titulado Madrileño y en el Diccionario Critico Burlesco, se oponía en un todo a las regalías de la Corona, defendía la Constitución y decretos de las Cortes, suspirando siempre amor hacia ellos y odio contra las leyes más fundamentales de la Nación y contra nuestra Sagrada Religión, como lo vio el testigo cuando lo leyó en una ocasión en que José Antonio Gallardo le llevo a su casa el referido Diccionario, manifestándole que era obra de su hermano D. Bartolomé.
 Por todo lo cual dice, que este es su autor y que también en máximas y doctrinas, venía a ser igual dicho Diccionario a otros muchos papeles que el referido José Antonio Gallardo había dado a leer al testigo, asegurándole, eran producciones del citado D. Bartolomé su hermano.
Que tuvo noticias seguras, de que el dicho Bartolomé José Gallardo, salió huyendo de Madrid y que estuvo en esta villa en casa de su hermano José Antonio. Que salió con su cuñado Diego Durán, el día 22 de mayo, sin que el testigo hubiese sabido donde dejaría al dicho Bartolomé, debiendo añadir, porque ahora se acuerda, que el dicho Bartolomé salió de esta villa con una caballería de su hermano José Antonio Gallardo. Que no puede hablar con más claridad y distinción sobre D. Bartolomé Gallardo, como las de que uso, de personas de Campanario, para sembrar el liberalismo en dicha villa, donde no solo se valió de su hermano, sino también, de D. Pedro Almengar y el alcalde de esta población, mandándoles papeles de dicha ralea para que los repartieran.
Que es cuanto puede decir en obsequio de la verdad bajo su juramento prestado, que nuevamente ratifica en esta su declaración que le fue leída, dijo ser de edad de 57años poco más o menos y lo firmó con su nombre.
Firmado. Lic. Biscamilla. Antonio García Miranda. Ante mí el escribano Antonio Muñoz de Rivera”.[1]

2º. Testigo. Declaración de Diego Sánchez.

“En la misma villa día mes y año, el Comisionado hizo comparecer ante mí a Diego Sánchez de la misma vecindad, alguacil, del cual se recibió juramento que hizo por Dios y una cruz según derecho, bajo del cual ofreció decir la verdad de lo que supiese y le fuere preguntado. Que habiéndosele leído la declaración que tiene hecha en la Pieza General al folio cincuenta y seis dijo: que cuanto tiene declarado en aquella diligencia es lo que sabe respecto a D. Bartolomé Gallardo, de quién habló en primer lugar en referida declaración, en la cual dijo y ahora dice, que el referido D. Bartolomé era notoriamente liberal y remitía sus producciones a su hermano José Antonio para introducir sus doctrinas en el pueblo, y que el testigo tuvo noticias, de que el 15 de mayo último estuvo en esta villa el referido Gallardo. Que primeramente estuvo en la casa de su hermano José Antonio y después en la de su cuñado Diego Duran, quién lo transportó y no sabe a donde, y que presume sería con pasaporte del alcalde en el día 22 del mismo mayo. Qué del referido Bartolomé, nada más sabe ni tiene que añadir ni reformar sobre lo declarado, ratificándose como en todo lo demás que tiene declarado y se contiene en la misma diligencia. Que lo expuesto es la verdad so cargo de su juramento prestado, y en esta que le fue leída dijo ser de edad de 30 años poco más o menos, y lo firmó con su nombre de que doy fe.
Firmado. Lic. Biscamilla. Diego Sánchez. Ante mí el escribano Muñoz de Rivera”.[2]

3º. Testigo. Declaración de Diego Durán, su cuñado.

“En la misma villa y día, se hizo comparecer al mismo efecto a Diego Durán de esta vecindad, del cual se recibió juramento que hizo según derecho por Dios y una cruz, bajo de la cual ofreció decir la verdad en lo que supiese y le fuese preguntado, y en su virtud, habiéndosele leído la declaración que en dicha Pieza General tiene en el folio sesenta y cuatro y siguiente dijo: que su contenido es lo mismo que declaró en el día que se refiere sin tener que añadir ni quitar cosa alguna y ratificándose en ello; y que caso necesario lo declara de nuevo.  Le parece que su cuñado D. Bartolomé Gallardo se presentó en esta villa el día 15 o 20 de mayo último, que no sabe quién le acompañó y que no puede asegurar si estuvo en esta villa cinco o seis días. Que su posada la tuvo en casa del declarante y que no vio quién lo visitase, pues con motivo de ser un pobre y ganar la vida se iba por las mañanas a su trabajo y no venía hasta la noche. Que en el día 22 de dicho mes de mayo, salió el declarante con él por la mañana temprano llevando para huir montados la jaca de José Antonio Gallardo, y como no llevaban pasaporte, antes de llegar al pueblo del Valle, mandó al que declara que fuese para que la Justicia de dicho pueblo le diese un pasaporte, manifestando la idea, de que tenía que ir a por unas caballerías que se le habían extraviado; y que en el documento, en lugar de poner D. Bartolomé José Gallardo pusiese Juan García, y que el declarante pusiese su nombre propio que en efecto estuvo en el Excelentísimo del Valle y bajo la fianza que hizo a favor del que declara. D. Francisco Cabanillas, su vecino, le dio el pasaporte en los términos que quería su cuñado Gallardo, con el cual y sin entrar en pueblo alguno, llegaron hasta la Puebla del Montijo donde le mando fuese a sacar guía de su Justicia para poder entrar con la Caballería en Portugal, la cual no se le dio porque no presentó fianza. Por dicho motivo, caminaron dos leguas más junto a una rivera o río que no sabe como se llama. Le dijo que se viniese y que Dios le ayudare, dejándole un cobertor blanco de Palencia; y como el que declara le preguntare que adonde iba, le contesto, que a donde la suerte le destinare, pero que al final le afirmó que iba a Aldea Gallega y que allí vería si le convenía embarcarse para Lisboa. Que con esto se despidieron trayéndose el que declara la jaca de José Antonio Gallardo sin que haya vuelto a tener noticias de D. Bartolomé José Gallardo ni más señas. A lo que pudo advertir, cree que era su estatura como de dos varas, edad mayor de 36 años, pelo cortado, cara lisa, nariz afilada, boca regular, el parecer y metal de voz lo mismo y de buen cuerpo; vestía chaqueta y calzón con los botines de paño pardo, viéndosele por bajo de las rodillas las medias blancas de lujo y el zapato como de cordobán blanco, y el chaleco como de barbotina negro. Que lo expuesto es la verdad so cargo de su juramento prestado, que ratifica y cuenta su declaración que le fue leída; dijo ser de edad de 41 año poco más o meno, no firmó por no saber. Firmado. Licenciado Biscamilla. Ante mí Antonio Muñoz de Rivera”.[3]

4º. Testigo. Declaración de Antonio Centeno.

En dicha villa, se recibió juramento en forma de derecho a D. Antonio Centeno de esta vecindad, quién lo hizo por Dios y una cruz bajo del cual ofreció decir la verdad en lo que supiese y le fuese preguntado, y en su virtud, habiéndosele leído la declaración que en dicha Pieza General tiene hecha ante el comisionado D. Pedro Donoso al folio ciento ochenta y cinco, a consecuencia de la cita que le hizo en la suya José Antonio Gallardo, al folio ciento sesenta dijo: que lo que anterior declaró es la verdad en que se afirma  y ratifica, y en caso necesario declara de nuevo por lo que hubo en el particular fue y es.
Que un día se encontró en el correo con unos números del periódico “Tribuno Redactores” con banda por cubierta y la seña del sobre de D. Bartolomé Gallardo: que pasándose por las casas del hermano de este José Antonio, le enteró de la ocurrencia  y le contestó, que su hermano le había dirigido algunos otros números para otros conocidos del pueblo con el fin de ahorrarle más gastos, y porque notaba, que se extraviaban por el correo: siguió diciendo José Antonio Gallardo, que aquellos números venían dirigidos para él y los recogió y se quedó con ellos.
Que en varias ocasiones después oyó a José Antonio Gallardo, quejarse de la falta de correspondencia de su hermano, y que si después, el Bartolomé, dirigió algún número o papeles públicos al declarante con las mismas banda o sobre, no extraña que el José Antonio las sacase del correo sin advertirle yo nada, mediante la confianza con que se trataban los dos, y lo mismo pudo haber hecho el José Antonio con cualquier otra carta particular de su hermano conociendo la letra, pues el declarante no ha recibido carta alguna.
Y lo expuesto es lo cierto y lo mismo que tiene declarado y ahora declara bajo su prestado juramento, que ratifica en esto su declaración que le fue leída, diciendo ser de edad de 40 años poco más o menos.
Firmado. Lic. Biscamilla. Antoni Centeno. Ante mí Antonio Muñoz de Rivera”.[4]

5º. Testigo. Declaración de Diego Calderón Trenado.

“En la misma villa y día para el efecto expresado compareció ante sí Diego Calderón Trenado de esta villa, de quién se recibió juramento que se hizo según derecho bajo del cual ofreció decir verdad en lo que supiere y le fuese preguntado, y en su consecuencia habiéndosele leído la declaración que tiene hecha en la Pieza General folio cincuenta y nueve dijo: que es verdad que declaró entonces, que con motivo de ser labrador y estar todo el tiempo en el campo, ignoraba que D. Pedro Almengor, José Antonio Gallardo, Juan Sandía, Martín Gallego, Antonio Peña el cojo y su hijo Rufino, siguiesen las máximas y doctrinas de D. Bartolomé Gallardo. Que podrá decir, que todos estos habían vivido y vivían con estrecha amistad y que parecían todos uno y que así lo decía el público, y que aun el declarante cuando venía al pueblo del trabajo del campo los veía reunirse a la puerta del Correo a leer papeles. Que el año pasado oyó de público, que había venido a esta villa D. Bartolomé Gallardo Alias “El Beato”, y que al poco oyó también decir, que se había ido pero que no sabía a donde, con quién ni quién le dio el pasaporte. Que en esto mismo que entonces declaró se afirma y ratifica, sin tener que quitar ni reformar cosa alguna, y en caso necesario, lo declara de nuevo porque así es la verdad, y todo bajo el juramento que tiene prestado; y leída que le fue esta, dijo ser de edad de treinta y un año poco más o menos y lo firmó con dicho Sr. Comisionado de que doy fe. Firmado. Lic. Biscamilla. Diego Calderón Trenado. Ante mí Antonio Muñoz de Rivera”.[5]

6º. Testigo. Declaración de Andrés García Miranda.

“En dicha villa y día, compareció Andrés García Miranda de la misma vecindad, al cual se le recibió juramento que hizo según derecho por Dios y una cruz, bajo el cual prometió decir verdad en lo que supiese y fuese preguntado, y en su virtud habiéndosele leído la declaración que tiene hecha en la referida Pieza General dijo: que es cierto que algún papel le había dirigido D. Bartolomé Gallardo por correo, pero que el declarante ignora porque no lo recogió él sino el hermano de Gallardo José Antonio. Que este se había resentido del desprecio del declarante y había dicho, que escribiría a su hermano Bartolomé y que nunca en adelante volviese a remitir papel alguno a García Miranda. Que creía, puesto que se le pregunta por D. Bartolomé Gallardo, ser de su obligación en descargo del juramento que tiene prestado manifestar en esta declaración, que un tal Cristóbal cuyo apellido no se acuerda, acostumbra a traer genero de Portugal a este pueblo.
Dijo al declarante, que el año pasado y al poco tiempo de haber salido de esta villa D. Bartolomé, había encontrado a este acompañado de otra persona como a media legua de la raya de Portugal por esta provincia y parte de la Puebla del Montijo de donde Cristóbal es vecino. Que Cristóbal expresó al declarante no haber conocido a Gallardo por entonces, hasta que se informó y vino en conocimiento de quién era, por la comparación de sus señales y porque se vino de dicha raya con el Durán, cuñado de Gallardo, a quién preguntó, ¿como había dejado a su compañero y se volvía a España adentro?, a lo que contestó Durán: que el compañero había huido por dos caballerías que le habían robado a Portugal, y que el Durán no había podido entrar en aquel reino por no haber encontrado quién le pase por la caballería; y que todo combina con las noticias que luego adquirió Cristóbal, expresando que el que se había quedado para introducirse en Portugal fue D. Bartolomé Gallardo. Que es cuanto puede decir en orden a lo que ha sido preguntado, que se ratifica como la declaración que le fue leída y esta nueva que efectúa, siendo de edad de 66 años poco más o menos.
Firmado. Lic. Biscamilla. Andrés García Miranda. Antonio Muñoz de Rivera”.[6]

7º. Testigo. Declaración de José López Guerrero.

“En el segundo día los Comisionados para el efecto referido recibieron juramento de José López Guerrero de la misma vecindad, del cual se recibió juramento que hizo por Dios y una cruz, según derecho, bajo del cual ofreció decir verdad en lo que supiese y le fuese preguntado, el mismo dijo: Que dicha declaración es cierta y en su contenido se afirma y ratifica sin tener que añadir, reformar ni quitar cosa alguna de lo que declaró, y en caso necesario ahora declara; y es que José Antonio Gallardo le pidió por favor, al que depone, que si viniesen alguna otra vez los papeles que su hermano le mandaba a su nombre con cubierta y faja, se los devolviera al referido hermano. Y que esta es la verdad so cargo de su prestado juramento, que nuevamente ratifica, siendo de edad de 56 años y lo firmó con su nombre.
Firmado. Lic. Biscamilla. José López Guerrero. Ante mí Antonio Muñoz de Rivera”.[7]

8º. Testigo. Declaración de Antonia Gallardo mujer de Diego Duran y hermana de Bartolomé José Gallardo.

“En la misma villa y acto continuo, dicho Sr. Comisionado hizo comparecer en este tribunal a Antonia Gallardo, mujer de Diego Durán de esta vecindad, de quién se recibió juramento que hizo por Dios  y una cruz según derecho, bajo del cual ofreció decir la verdad en lo que supiese y le fuere preguntado, y en su virtud, habiéndosela leído la declaración que tiene hecha en dicha Pieza General al folio setenta y cinco vuelto, dijo: que su contenido es cierto y que lo que declaró ante el Sr. Gobernador de la Sala del Crimen de la Real Audiencia de esta Provincia en el día que se cita, se ratifica en ello y caso necesario lo declara de nuevo por ser cierto lo que entonces dijo y ahora dice.
Que el insinuado su hermano D. Bartolomé José Gallardo, entró en esta villa y en casa de la declarante solo y a pié la mañana del día anterior al de la Ascensión del Señor en mayo; que no le visitó nadie más  que su hermano José Antonio Gallardo y que no sabe lo que hablaron; y que después de tres o cuatros días, el sábado o el domingo de la misma semana por la noche, se retiró de esta villa acompañado del referido su cuñado Diego Durán llevando para su caballero, la Jaca de su hermano José. Que no sabe llevara Pasaporte y que luego que se regresó a casa su marido, le dijo que lo había dejado más allá de la Puebla del Montijo junto aun arroyo, donde le había manifestado que se iba a Portugal, sin que después haya vuelto a saber de su paradero ni si ha escrito. Que la ropa que llevaba puesta la parece que era, un vestido que hacía rayas o cuadros, y encima una chaqueta, calzón, botines, chaleco de barbotina azul o negra, y que no se acuerda de cómo eran los zapatos, pero si, que las medias, eran de hilo blancas. Que el insinuado su hermano es bien parecido, tiene la cara lisa, nariz afilada, pelo corto castaño, estatura como de dos varas y buen cuerpo, todo lo cual expuso ante dicho Sr. Gobernador de la Sala del Crimen, y añade, que cuando salió de su casa el citado su hermano D. Bartolomé, estaba la testigo en la creencia de que iba a Cádiz, porque así lo había dicho, pero que después por las turbulencias del pueblo, una noche precipitó su viaje y salió con dirección a Portugal, y aun la parece, aunque no está segura, que dijo a la testigo su marido, que en el camino había dicho D. Bartolomé, iba para Lisboa y que a su partida dejó en su casa dos maletas chicas que recogió su hermano José Antonio Gallardo y que se llevó a su casa.
Que es cuanto puede decir por ser cuanto sabe y toda la verdad so cargo de su juramento prestado, siendo de edad de 42 años, poco más o menos, no firmó por no saber. Firmado. Lic. Biscamilla. Ante mí Antonio Muñoz de Rivera”.[8]

Estos fueron algunos de los deponentes en la Causa de Estado de D. Bartolomé José Gallardo. Los mismos, nos dan unos datos interesantísimos de la huida del liberal extremeño, así como sus acciones emprendidas en Campanario. Pero faltan algunos testigos por declarar según la lista anterior, el actual alcalde de Campanario Francisco Martín Sandía dice: “que no se han presentado, D. Diego Alfonso y Mateo Barregon por haber fallecido el primero y encontrarse ausente el segundo, y que tampoco se ha presentado Diego Fernández Vadillo que reside en Villanueva de la Serena”. Ante esta realidad, la comisión determinará lo siguiente con respecto a los dos primeros testigos no personados.

“A que referente y sin perjuicio de evacuar las diligencias correspondientes con D. Francisco Cabanillas y Pedro Horrillo vecinos del Valle, tan pronto como se presenten y para no demorar la expedición de la Comisión; procédase al abono de difunto, de D. Diego Alfonso Calderón, y de D. Mateo Barrejón, por la información correspondiente, haciéndose comparecer al efecto, personas de este pueblo de honradez y probidad que les correspondan en virtud de los informes que se toman. Proveído por el Sr. D. Juan Francisco Buscamilla Juez de esta Comisión en la villa de Campanario. Febrero 14 de 1815. Firmado. Lic. Buscadilla. Ante mí Antonio Muñoz de Rivera”.[9]

Nuevamente entran a escenas nuevos testigos,  personas de Campanario que tendrán que opinar sobre la conducta del testigo fallecido y de la del ausente deponente Mateo Barrejon; pero eso ya será otra historia a contar en nuestra siguiente narración.


[1] AHN. Consejos. Legajo 6301.Exp. 1.
[2] Ibíd.
[3] Ibíd.
[4] Ibíd.
[5] Ibíd.
[6] Ibíd
[7] Ibíd.
[8] Ibíd.
[9] Ibíd.

domingo, 17 de noviembre de 2019


EXPEDIENTE FORMADO POR LA COMISIÓN DE CAUSAS DE ESTADO A D. BARTOLOMÉ JOSÉ GALLARDO, BIBLIOTECARIO QUE FUE DE LAS CORTES DE CÁDIZ POR DELITOS CONTRA LA NACIÓN Y LA SOBERANÍA DEL REY.



Gallardo había huido desde Madrid a su pueblo natal Campanario en los primeros días del mes de mayo. Recordemos, que se encontraba en Madrid hospedado en la calle Príncipe con casi todos los diputados de Cortes ubicados en otras zonas de la capital de España, para celebrar la llegada de Fernando VII a la Corte. Al ver que estaban siendo detenidos algunos de sus compañeros como Calatrava, Lujan, o Álvarez Guerra, en esos momentos todo su pensamiento encauzó sus movimientos hacia una clara misión, huir de Madrid. Con fecha 11 de mayo (según los testigos) llegó a Campanario. El cometido de éste en la villa extremeña consistiría en despedirse de su madre, hermanos y familiares en general. Con fecha 27 de mayo llega la noticia a Madrid de que el bibliotecario de Cortes había estado en su villa natal, y según algunos testigos, este había desertado para evitar con ello la segura prisión impuesta.

“En la villa de Madrid a 6 de junio de 1814, el Sr. D. Ignacio Martínez de Velilla, del Consejo de S. M. en el Supremo de Castilla, y uno de los jueces comisionado de la Policía de Madrid y su casco dijo:
Ha llegado ha noticia de su señoría, que con fecha 27 de mayo último avisan de Campanario partido de la Serena en Extremadura, haber estado allí D. Bartolomé José Gallardo, el bibliotecario de Cortes natural de aquel pueblo, y añaden, que su hermano D. José, escribano de Ayuntamiento, el cojo Antonio Peña, su hijo Rufino, el alcalde actual y los dos anteriores, seguían las mismas máximas liberales que el bibliotecario. Que el Gallardo marchó de allí sin decir el día ni para donde. Que convendría apremiar a los demás, para que declaren la dirección que ha llevado y todo lo demás que pueda convenir a su prisión y examen de la conducta de los otros.

Por lo que debía de mandar y mandó a S. S., se pase oficio al Señor Regente de la Real Audiencia de Cáceres, con inserción de todo lo referido, para que por sí o persona de su confianza proceda a su averiguación; y resultando su certeza, se proceda a su prisión, ocupándole sus papeles y librando ordenes en los parajes donde se adquieran noticias, y especialmente si son de Bartolomé Gallardo, dando aviso de lo que adelantare.

Por mano del Sr. D. Mateo Serralguín Fiscal de la Sala de Señores Alcaldes de Corte, y por éste su auto, así lo mando y rubricó S. S. de todo lo cual, yo el escribano doy fe. Ante mí, Miguel Gómez Pasas”.[1]

El mismo escribano dictaminará lo siguiente.

“Doy fe, qué por el correo de este día, se ha pasado el oficio que se manda en el auto anterior al Sr. Regente de la Real Audiencia de Cáceres; y para que conste lo pongo por diligencias que firmo en Madrid a 7 de junio de éste año. El escribano Pasas”[2]

En Cáceres se va a recibir el oficio de Martínez Velilla con la orden de detención de Gallardo, siendo contestado el recibí por el Regente de dicha provincia D. Manuel Marchamal.

“He recibido el oficio de V. S. de 1 del actual como uno de los jueces de la Comisión de la Policía de Madrid y su casco nombrado por el Rey N. S. desde el 16 de mayo último, comunicada por el Excelentísimo Sr. D. Pedro Macanaz Ministro de Estado y del Despacho Universal de Gracia y Justicia, para que en cumplimiento de los estrechos encargos que S. M. tiene, se procediese siempre con persona de confianza a la averiguación de haber estado en Campanario, Partido de la Serena, D. Bartolomé José Gallardo, bibliotecario de Cortes, de haber marchado de allí y, si su hermano, D. José, escribano del Ayuntamiento, el cojo Antonio Peña, su hijo Rufino, el alcalde actual y los dos anteriores, seguían las mismas máximas que Gallardo. Se pedía que estuviesen presos, ocupándoles los papeles y librando las ordenes oportunas a los parajes donde se adquieran noticias, especialmente, las que hagan referencia a D. Bartolomé José Gallardo, por estar mandada su prisión por orden se S. M., dándose aviso de lo que se adelantare.

D. Juan López de Vinuesa, Real Oidor de esta Audiencia y Gobernador de la Real Sala del crimen desde 1807 dice: que los mencionados no han tenido nunca causa de Justicia, pero que el referido pueblo de Campanario tenía y tiene dos partidos fuertes entre sus vecinos, y que los jueces de letras inmediatos eran nuevos y carecían de los conocimientos necesarios. Y que deseando el acierto que pide S. M, le he dado la comisión al hombre que tengo de mayor confianza por su instrucción y cristianismo; y sea este señor el que de las noticias oportunas por su mucha práctica.  Se avisará de cuanto se sepa. Cáceres 11 de junio de 1814.
Firmado Manuel Marchamalo. Regente”.[3]

En Cáceres se estaban moviendo con sigilo las tanquetas de la Justicia. El encargado de trasmitir desde Campanario a Martínez de Villela las noticias recibidas del bibliotecario de Cortes será D. Juan López de Vinuesa.

“Como Ministro de la Real Audiencia de esta Provincia, estoy comisionado por el Señor Regente de ella para la practica de las diligencias que V. S. le prevenía en su oficio 7 de junio. Las averiguaciones que en estos momentos tengo en mí poder relativas a la dirección que desde esta villa había tomado D. Bartolomé José Gallardo, y que sigo formando dicen: que el referido Gallardo salió de Campanario el día 22 de mayo último en compañía de su hermano político Diego Durán; que se dirigieron hacia el inmediato Reino de Portugal y que próximos a la raya, le dijo el expresado Gallardo a su cuñado, que se volviese a casa, porque él pensaba dirigirse a Aldea Gallega en aquel Reino, y desde allí a Lisboa. Lo que pongo en noticia de V. S. para los fines que puedan convenir, incluyéndole la adjunta nota de su Señor, advirtiendo a V. S., que con esta fecha paso oficio a nuestro encargado de negocios en aquella Corte, afín de que solicite de su gobierno, la prisión del referido Gallardo según está mandado por S. M.




Dios guarde a V. S. muchos años. Campanario 20 de junio de 1814. Firmado Juan López de Vinuesa.

P. D.  Me parece oportuno advertir a V. S., que si sobre el asunto tiene algo que comunicar, lo haga al Regente de la Audiencia de Cáceres a donde pienso remitirme muy breve”.[4]

Se estaban empezando a recibir noticias de nuestro protagonista. Mientras tanto, en Campanario, López de Vinuesa buscaba toda la información posible que facilitara pistas sobre los pasos seguidos del bibliotecario. El mismo dará la siguiente información sobre la indumentaria que llevaba durante su huida el progresista extremeño.

“Lleva un pasaporte dado por la Junta del Valle en Extremadura, lo mismo que Diego Durán y Juan García, los cuales dicen que lo necesitan porque tienen que ir a buscar unas caballerías, con fecha 22 de mayo.
Gallardo va vestido con una chaqueta, calzón y botines de paño pardo, medias de hilo, zapato Cordobés blanco y un chaleco de balbutina negra”.[5]

Todas las noticias que se van recibiendo de Gallardo llegarán a Madrid a la Comisión de Causas de Estado, la cual ordenará prisiones contra las personas de Campanario que se nombran en el Auto.

“D. Juan Garrido, escribano de Cámara por S. M. y de la Comisión nombrada para la determinación de todas las Causas de Estado.
Certifico: que la seguida contra D. Bartolomé José Gallardo y consortes en cinco de octubre próximo pasado, se dio la providencia siguiente.

Se sobresea en esta causa y por lo que de autos resulta, se condena a José Antonio Gallardo a ocho años de presidio en cualquiera de los de África y privado del oficio de escribano.
A Martín Gallego, se le destierra por diez años de su pueblo, de esta Corte y sitios Reales, y sea privado de poder obtener todo empleo de república, y a los dos se les condena en las costas y si reincidiesen serán tratados con mayor rigor.

A D. Francisco Javier de Salas, se le destinará por cuatro años de su pueblo y condena en las costas, por sí causadas y apercibe, no de lugar con su conducta a que se tomen providencias más severas; y por lo que aparece de autos contra Francisco Mateo, se le apercibe en los mismos términos que el anterior.

Instrúyase la causa de D. Bartolomé José Gallardo poniéndose testimonio de las órdenes que siguen en la Comisión y de lo que resulte contra él en la justificación general.

Que se le llame por edictos y pregones en la forma ordinaria y que se practiquen las diligencias correspondientes para averiguar las noticias que se sepan, ocurridas en los días seis, siete y ocho de mayo o los inmediatos, y se averigüe quién le dio pasaporte al expresado Gallardo en esta Corte.
Que se dé cuenta a S. M. de esta providencia haciéndole al mismo tiempo presente lo útil y conveniente que será, se recojan las laminas que existen en Cádiz y las que se han estampado las colecciones de muestras escritas y grabadas por D. José Asensio, grabador de Cámara del Rey y todos los ejemplares que se tengan de ellas; los que contienen varios artículos de la Constitución y sirven para la enseñanza de los niños. Madrid cinco de octubre de 1814. Está rubricado. Lic. Rovira”.[6]

El hermano de Gallardo detenido y condenado a las prisiones de África, y el resto de fieles enjuiciados, desterrados apagar las costas del Auto. La dureza de esta condena por parte de la Comisión de Causas de Estado es más que evidente. ¿Se pretendería con estas acciones meter el miedo en el cuerpo a esa mitad del pueblo de Campanario que seguía las máximas del liberalismo constitucional del momento?, posiblemente sí. Pero lo más injusto de todo esto, es el absolutismo reinante del gobierno de Fernando VII que no da opciones de defensa, al menos en principio, a los civiles condenados de la población.



La certificación de detención de dichos vecinos de Campanario la recibirá el Regente Manuel Marchamalo, para que este la ponga en práctica lo antes posible, y esto es lo que le contesta dicho señor, al presidente de la Comisión de Causas de Estado D. José Arteaga.

“Excelentísimo Señor.

En el día de ayer, recibí la certificación que V. E. de acuerdo de la Comisión nombrada por S. M. para la sustanciación y determinación de todas las Causas de Estado, me dirige relativas a las condenas impuestas y aprobadas por S. M. en la que remití al Señor Fiscal de la Sala de Alcaldes de Casa de Corte, a José Antonio Gallardo, Martín Gallego y D. Francisco Javier Salas, vecinos de la villa de Campanario, presos en la cárcel de esta Real Audiencia, y apercibimiento de Francisco Mato para que las ponga en ejecución en todas sus partes.

En su cumplimiento, y del oficio de V. E. fecha 11 del corriente mes con que acompaña dicha certificación, proveí la correspondiente, y en su consecuencia, se pusieron en libertad a los expresados Gallego y Salas con las prevenciones oportunas, y se libró certificación para la conducción del escribano Gallardo al presidio citado, habiendo sido antes notificados todos como verá V. E. de las diligencias que le remitiré luego que estén en estado. Que los bienes de los detenidos continuarán embargados hasta que se me envíe la regulación con costas para su ejecución. Lo que aviso a V. E. como en cargo para noticia de la misma Comisión.
Dios guarde a V. E. muchos años. Cáceres 22 de octubre de 1814.
Firmado. Manuel Marchamalo”.

Mientras José Antonio Gallardo ponía rumbo a sus más que incómodo y vergonzoso destinos, el bibliotecario de Cortes de Cádiz, D. Bartolomé José Gallardo, seguía desaparecido. En Madrid no olvidaban la causa del extremeño, y como se ordenó en un documento anterior, se iba a comenzar a airear y a pregonar a viva voz y en papel, los edictos que contra el desaparecido había dictado la Comisión de Causas de Estado.

“En la villa de Madrid a 31 de octubre de 1814 se dictó el edicto siguiente.

La comisión nombrada por S. M. para la sustanciación y determinación de todas las Causas de Estado, presidida por el excelentísimo Sr. Capitán General de Castilla la Nueva y de esta plaza D. José de Arteaga. En virtud de Real Orden, conoce y sigue la causa contra D. Bartolomé José Gallardo, ausente, por adicto a las instituciones constitucionales y por trastornar todo el orden y sistema antiguo en el gobierno; siendo sostenedor en las galerías y todo sitio público de dicho sistema, y por ello, ser desafecto completamente al Rey Nuestro Señor: por todo lo cual, ha acordado la propia comisión, se le cite, llame y emplace por el presente, para que dentro de tres días que por primer plazo se le asigna, se presente a disposición de la propia comisión a usar de su derecho y defensa en la referida causa. Qué silo hiciese se le oirá y administrará justicia y en su defecto, se sustanciará en su ausencia y rebeldía en los listados del Tribunal de la Comisión, y la sentencia que recayere le parará entero perjuicio.

Corresponde con sus originales y quede a efecto de fijarse dicho edicto en los sitios públicos de esta Corte, como La Plazuela del Ángel, Puerta del Sol, Portales de Provincias, Guadalajara, Casas Consistoriales, la de los Reales Consejos y Pórtico de la Real Cárcel de esta Corte. Se lo entregué al portero de la comisión en este propio día que certifico.
Firmado. El escribano Garrido”.[7]

El nombre de Gallardo plasmado en un papel, como si fuese un criminal, figuraría por las principales calles de Madrid y en todos los lugares anteriormente citados. La humillación de su persona y la de su familia se estaba consumando en una vergonzosa realidad. Los escritos citando a Gallardo ya estaban humillando y vilipendiando a su persona y clan.

“Diligencia.

En Madrid a 2 de noviembre de dicho año, el portero Francisco Pérez que lo es de la comisión, se me presentó manifestándome haber fijado el mismo día treinta y uno de octubre en los sitios descritos, los edictos que resultan del anterior que certificó. Firmado el escribano Garrido”.[8]

El día 2 de noviembre se pone en marcha el primer edicto contra Gallardo. Los vecinos de Madrid ya saben por el documento, que el cuerpo del delito del de Campanario es el de haber atentado desde su puesto de bibliotecario en Cádiz, contra las leyes antiguas que abrazaba Fernando VII, y como tal, contra el Trono y el Altar. El día 5 del mismo mes de noviembre, saldrá de nuevo a la calle el mismo bando contra Gallardo, fijándose en los sitios acostumbrados, y el día 9 de nuevo se volverá a poner dicha proclama donde corresponde.

Con fecha 12 del mismo mes el escribano Garrido certificará el siguiente documento sobre los decretos fijados.

“En Madrid a 12 de noviembre de 1814, yo el escribano de Cámara certifico, que sin embargo de los pregones anteriores y edictos fijados llamando al ausente comprendido en esta causa, no se ha presentado hasta este día. Que este dictamen se una a esta causa con certificación de lo que resulte contra D. Bartolomé José Gallardo en las diligencias venidas de Cádiz, como así mismo un ejemplar del Diccionario Crítico Burlesco.





Que enseguida se reciba la causa a prueba con todos los cargos por un breve término, dentro del que se ratifiquen los testigos del Sumario y verificados vuelva al Fiscal para proceder a la acusación.
Y qué sin perjuicio de lo anteriormente pedido, se lleven a efecto las diligencias mandadas ejecutar por la comisión para investigar si a la salida de Gallardo de esta Corte en los días que menciona, se le dio pasaporte y por quién. Sobre todo resolver la comisión como siempre lo más acertado. 
Madrid 19 de noviembre de 1814”.

Con fecha 21 de noviembre, los Señores de la Comisión de Causa de Estado a propuesta del Sr. Fiscal, van a poner la causa a prueba en términos de 8 días con todos los cargos, pidiendo haga acto de presencia el testigo número 20 para que se ratifique en sus acusaciones.

“D. Juan Garrido, Escribano de Cámara por S. M., y de la Comisión nombrado para la sustanciación y determinación de todas las Causas de Estado.

Certifico. Que de los ramos de autos de Comisión formados en la ciudad de Cádiz por el Sr. D. Diego María Vadillos del Consejo de S. M. en el Real de las Ordenes y comisionado que fue en ella, resulta citado Gallardo por el testigo número 20 cuyo particular que le comprende dice.

D. Manuel de Llera Iñiguez, natural de la Rioja, de estado soltero, vecino y de comercio de la ciudad de Cádiz, que vive en la calle de Murguía dijo: que en el mismo acto de firmar D. Manuel de Llera Iñiguez la declaración que antecede manifestó, que acababa de recordar otras circunstancias que notó en la parroquia de S. Antonio el día de las elecciones, y en su consecuencia bajo la misma religión del juramento que tenía prestado comentando: que con motivo de las repetidas veces que fue para dar su voto, lo mismo que hicieron los liberales en S. Antonio, practicaron en las demás parroquias haciéndose como árbitros de las elecciones, y notó que todo el día y parte de la noche permanecieron en la parroquia los tales liberales perturbando la franca elección del que expone, para dar las papeletas que se dice repartían a los incautos, a los de su devoción y a los forastero o transeúntes que no debían ser admitidos en esta votación, y que por lo mismo no debían ser de ella, Pereyra, Aldana, y otros que resultara de las actas de estas elecciones en todas las parroquias; que se dijo en aquel entonces, que en la Catedral se opuso el cura a admitir la votación de Gallardo por ser el autor del Diccionario Critico Burlesco y que no pudo evitar.

Corresponde con su original que obra en los citados ramos de autos y en mí escribanía de Cámara de la Comisión a que me refiero. Y para que conste y unir a la causa de Gallardo a virtud de lo mandado, pongo esta que firmo en Madrid a 5 de enero de 1815.
Firmado. D. Juan Garrido.

Certifico como escribano de Cámara de la de la Comisión nombrada por S. M. para la sustanciación y determinación de todas las Causas de Estado, que habiendo practicado infinitas diligencias para ver si podía hallarse en la secretaría de aquella algún ejemplar del Diccionario Crítico Burlesco,  para unirle a esta Causa con arreglo a lo pedido por el Sr. Fiscal en su respuesta de 19 de noviembre del año anterior, y  acordado en el decreto de los Señores de dicha Comisión que la publiqué, no puede verificar aquella por no existir ninguno en la expresada secretaría. Madrid 11 de enero de 1815. Firmado Garrido”.[9]

La comisión, como podemos comprobar por los documentos, no solo quería enjuiciar a Gallardo por su desobediencia al absolutismo del “Deseado”, sino que también le interesaba y mucho, el despreciado para unos y alabado para otros Diccionario Crítico Burlesco, qué además, ya había sido purgado por los calificadores del Santo Oficio años atrás. La Causa no paraba. Era mucha la lana que habría que hilvanar para dar forma a tan absolutista prenda, que serviría, entre otras cosas, para tapar y revestir las filosóficas ideas del liberalista extremeño.

Desde Madrid el presidente de la Comisión escribirá a los Excelentísimos Conde de Villa-Paterna y al Marqués de las Hormaras con la misión de averiguar quién dio a Gallardo el ya mencionado pasaporte.

“La comisión nombrada por S. M. para sustanciación y determinación de todas las Causas de Estado de la que soy presidente, ha acordado a instancias del Fiscal y para instruir la que se sigue en la propia Comisión contra el Bibliotecario de Cortes D. Bartolomé José Gallardo, pase a V. E. esto como lo hago a efecto de que se sirva noticiarme, si en los días 6, 7, u 8 de mayo del año anterior se dio pasaporte al dicho Gallardo. Teniendo V. E. la bondad de verificarlo con la más posible brevedad por convenir así al mejor servicio del Rey.
Dios guarde muchos años. 11 de enero de 1811”.[10]

El primero en contestar será el Conde de Villa-Paterna, este expone en su escrito, qué enterado del oficio recibido, su Comisión de Alcalde Constitucional habilitado para dar pasaporte cesó en diciembre de 1813, y, que por tal motivo, no puede manifestar si se le dio o no dicho documento a Gallardo. El mismo Conde remite al presidente de la Comisión de Causas diciéndoles: que quien se lo puede dar es la Secretaría del Corregimiento en donde constan todos los pasaportes que se entregaban, así como las formalidades que se necesitaban para concederlos. Pedida dicha información el día 13 de enero se escribe lo siguiente sobre dicho tema.

“A consecuencia del oficio de V. E., he mandado reconocer los asientos que existen en esta secretaría a cerca de la expedición de pasaportes, y no resulta que se diese ninguno a D. Bartolomé José Gallardo en los días 6, 7, 8, ni inmediatos del mes de mayo del año anterior. Lo participo a V. E. por contestación a su citado oficio.
Dios guarde a V. E. muchos años. Madrid 13 de enero de 1815. Firmado el Corregidor. Conde de Motezuma”.[11]

A la comisión le interesaba saber quién dio el pasaporte a Gallardo, y para ello seguiría insistiendo en el asunto para verificar la realidad expeditiva de dicho salvoconducto, insistiendo, entre las personas que conformaron o conformaban dicha Secretaría del Corregimiento, en éste caso, la contestación la dará, el Marqués de las Hormaras.

“Excelentísimo Sr. D. José de Arteaga

Dando puntual contestación al más atento oficio de V. E. de ayer, digo: que aunque al principio del año y en algunos otros meses más se firmaban por mí junto con mí compañero el Sr. Conde de Motezuma los pasaportes de salida de los vecinos o transeúntes de éste pueblo, era el mismo Conde, quién por tener en su casa la única secretaria que costeaba la villa, los llenaba tomando la razón competente de los sujetos y demás circunstancias que prescribía el reglamento, mandado observar para ello, pues de mí parte solo mediaba la firma en blanco en porciones de ciento o más ejemplares, y por consiguiente, será indefectible, que si se despachó el pasaporte a que V. E. refiere, constará en dicha secretaria que a la sazón servía . Siendo cuanto tengo que trasladar a noticia de V. E., en justa satisfacción de su encargo,
Dios guarde…Madrid 12 de enero de 1815. Firmado el Marques de la Hormaras”.[12]

De momento, la Comisión olvidaría el tema de quién concedió el pasaporte a Gallardo. La misma, con fecha 3 de febrero de 1815, retomará la ratificación de las declaraciones de los testigos, escribiendo López de Vinuesa al alcalde de Villanueva de la Serena una carta, en la que pediría lo siguiente.

“Por el Sr. Regente de esta Real Audiencia, se me pasó en el día de ayer el oficio siguiente.

Por el correo de este día se me ha comunicado por el excelentísimo Sr. presidente de la comisión nombrada por S. M. para la sustanciación de todas las Causas de Estado, la orden siguiente.
Acompaño a V. S., el acuerdo de la comisión nombrada por S. M., que es la pieza general formada para la causa del ausente D. Bartolomé José Gallardo, bibliotecario que fue de Cortes, en la que se entera la sumaria recibida para acreditar su estancia en Campanario, y ver, si se podía asegurarle en la que se justificaron sus delitos, los de su hermano y otros; compuesta de 28 folios para que se sirva disponer, que por el comisionado que entonces conoció de ella u otro de su confianza, se ratifiquen en sus disposiciones todos los testigos que depusieron contra Gallardo, entendiéndose aquellas con toda claridad y distinción en la que acompaña, privativa al mismo  que se le sigue por separado, por no inculcarle con su hermano y demás, componiéndose esta de 41 folios. Todo lo que deberá verificarse en el término de prueba, de forma que alcance a los que deben también hacerlo en esta corte.

Madrid 3 de enero de 1815. José Arteaga al Sr. Regente de la Real Audiencia de Cáceres.
Para que en todas sus partes tenga efecto lo prevenido en la anterior orden, lo traslado a V. S. para su cumplimiento, incluyéndole las dos piezas de autos con los folios que expresa.
Cáceres 6 de febrero de 1815. Manuel de Marchamalo Regente a D. Juan López de Vinuesa gobernador de la Sala del Crimen de esta Audiencia Real.
Y a fin de que V. D. practique la ratificación de testigos prevenida, con abono de muertos y ausentes en la forma ordinaria y con la claridad y distinción que se encarga a la mayor brevedad posible para que en Madrid se ejecute en el termino de prueba, le remito las dos piezas de autos que se expresan, con los mismos folios que obrare por mano del Fiscal de S. M. y por la propia me avisará el recibo.
Dios guarde…Cáceres 7 de febrero de 1815. Firmado Juan López de Vinuesa”.[13]

La causa contra Gallardo ya estaba en marcha en Extremadura. Entraban en juego los testigos de Campanario, sujetos que declararán todas las acciones que conociesen de su erudito paisano, así como las noticias del mismo. El alcalde de Villanueva de la Serena el Lic. D. Juan Francisco Biscamilla, será el encargado de ordenar los preparativos para tal efecto, pero el mismo, sin esperarlo, se encontraría de inmediato con un problema natural que le impediría acceder al pueblo natal del convicto.

“Villanueva de la Serena a 11 de febrero de 1815

 “El Sr. Juan Francisco de Biscamilla Alcalde Mayor de la misma, por ante mí el escribano, dijo: que por el correo ordinario llegado ayer tarde  a ésta, recibió la orden superior que antecede con las piezas de autos que expresa, en la cual, se le manda, lo que en la misma se continua: se manda con cargo en todas sus partes, aceptándola como la acepta, se tenga presente para su ejecución en lo principal a la primera oportunidad en la villa de Campanario una vez haya desaguado el arroyo de el Molar, que según noticias está intransitable a causa de las copiosas lluvias. Que por de pronto se acuse recibo según se proviene por mano del Sr. Regente a la Real Audiencia de esta Provincia, y qué para la evacuación de esta comisión, nombraba por actuario en ella, al presente escribano.
Firmado D. Juan Francisco Biscamilla. Ante mí el escribano Antonio Muñoz de Rivera”.[14]

Ya sabemos por el anterior documento, quienes van a ser los encargados de tomar declaración a los testigos de Campanario, uno el alcalde de Villanueva de la Serena y su escribano, pero de momento, el arroyo de el Molar no da paso a los encargados de dicha misión judicial, los cuales se acercarán a Campanario junto a un grupo de escoltas, mandados por el Alcalde de Villanueva de la Serena.

“Se tiene noticias de que el arroyo de el Molar está muy difícilmente vadeable, por ello pido se traslade la instruida, compuesta por el escribano en el día de mañana a la villa de Campanario, pídase la escolta de ocho caballos al coronel del Regimiento de Caballería de la Reina por el oficio correspondiente.
 Se provea, mando y firmo el Sr. Alcalde Mayor en Villanueva de la Serena a 12 de febrero de 1815. Firmado Lic. Juan Francisco Biscamilla. Ante mí el Escribano Antonio Muñoz de Rivera”.[15]

“Fe de la salida. Doy fe, que el Excelentísimo Alcalde Mayor con su escribano, han salido en este día de la fecha y hora como a las diez de su mañana con mí asistencia y escolta de ocho soldados y un cabo todos del Regimiento de Caballería de la Reina para la villa de Campanario, a la evacuación de la comisión conferida y a efecto conducente lo pongo por diligencia, que firmo en Villanueva de la Serena a 13 de febrero de 1815. Firmado. Muñoz de Rivera.

Fe de llegada. También la doy, habiendo llegado en este mismo día y hora de las cuatro de la tarde dicho Sr. Alcalde Mayor y demás acompañamiento a esta villa de Campanario, y para que también conste lo firmo. Muñoz de Rivera.[16]

Los encargados de la causa de Gallardo ya están en Campanario, mientras tanto, en la villa, los comentarios de todo cuanto está sucediendo con ciertas personas a fines a las doctrinas liberales es una evidencia. Lo crecidos seguidores de Fernando VII aplauden los acontecimientos que se están desarrollando en la población, detenciones, destierros, así como la consiguiente humillación de los familiares de los acusados. Los vecinos liberales preocupados y temerosos de lo que está sucediendo, intentarán pasear lo menos posible por las calles de la villa, refugiándose en sus casas al calor de las candelas de febrero. Un número importante de personas serán llamados a declarar, manifestar y revelar todo cuanto sepan de los penados liberales de la villa de Campanario, para ello, se abrirá Auto.

“Auto.

Comparezcan D. Antonio García Miranda, D. Diego Alfonso Calderón, Diego Durán, Antonia Gallardo, Mateo Oyarrejón, Diego Calderón Trenado, D. Antonio Centeno, Andrés García Miranda, Diego Sánchez, José López Guerrero y Diego Fernández Vadillo, vecinos todos de esta villa, los cuales declararan con respecto a D. Bartolomé José Gallardo, siendo citados por el Alguacil a quién se de nota expresa de dichos sujetos. Una vez presentados, se ratifiquen clara y distintamente en sus deposiciones a dicho respecto, y para verificar dichas diligencias se nombra a D. Francisco Cabanillas y Pedro Horrillo vecinos del Valle. Expídase al momento oficio por propio a la Justicia de aquella villa para que les haga se presenten a disposición del Tribunal. Precisamente en el día de mañana y para que en el caso que ambos, o algunos de ellos fuese muerto o ausente, remita en el mismo día y con la misma urgencia, otras personas del pueblo de la mayor probidad y que hallan tratado al citado para su abono, reservándose su Merced, el practicar la correspondiente diligencia con D. José de Tena vecino de Villanueva de la Serena al regreso a aquella villa. Así lo proveo mando y firmo el Alcalde Mayor de Villanueva de la Serena y comisionado para este efecto en la villa de Campanario. 13 de febrero de 1815.
Firmado.  Lic. Juan Francisco Biscamilla. Ante mí Antonio Muñoz de Rivera.

Estando todo preparado en las dependencias municipales de Campanario, van a comenzar las comparecencias de testigos: el primero en hacerlo será D. Antonio García Miranda, al que previamente se le hará jurar por Dios y ante una cruz, siempre, según derecho.

Pero lo que viene a continuación, queridos amigos, lo daremos a conocer en nuestra próxima crónica, que en breve colgaremos, en mi blog del Hereje.  




[1] AHN. Consejos. Legajo 6301.Exp. 1.
[2] Ibíd.
[3] Ibíd.



[5] Ibíd.
[6] Ibíd.
[7] Ibíd.
[8] Ibíd.
[9] Ibíd.
[10] Ibíd
[11] Ibíd.
[12] Ibíd.
[13] Ibíd.
[14] Ibíd.
[15] Ibíd.
[16] Ibíd.