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miércoles, 20 de marzo de 2019



Los Herejes de Jaraicejo 




El presente trabajo nace de la necesidad de compartir con los vecinos de Jaraicejo (Cáceres), una parte de la historia de esta villa, qué durante siglos, como en todas partes, el bien y el mal formo parte de su realidad cotidiana en momentos determinados de sus anales. El objetivo y misión de esta investigación es, ante todo, el dar a conocer una realidad social donde lo cruento y a veces lo encarnizado, marcó durante mucho tiempo el paso de muchas generaciones que se vieron obligadas a sucumbir ante los poderes fácticos del momento. 

Crónicas reales documentas, que ponen de manifiesto, que el paso de la silueta de Caín por estos núcleos urbanos, dejó su negativa impronta impregnando con su sombra los cuatro costados de esta urbe pacense. Memoria que lleva insertada en su núcleo los valores del enfrentamiento, la hostilidad y el combate entre ciudadanos de una misma población, auspiciado por uno de los mayores enemigos de la humanidad, el mundo de los ideales. 

Conoceremos, episodios cargados de tensiones víricas propias de la irreflexión y la ofuscación del hombre hacia su prójimo, siempre dominados e influenciados por el funesto y luctuoso criterio de lo irreal e imaginario. 

En este estudio apasionante y conmovedor de la historia inquisitorial de Jaraicejo, nos encontraremos con documentos que llevan en sus hojas la marca y el sonido del dolor, la humillación y el estigma. Contar lo ocurrido con la Inquisición de Llerena en esta localidad extremeña, nos hará presagiar, vaticinar y predecir en la mente del lector, que la sombra y silueta de Caín cubrió durante muchísimo tiempo los cuatro puntos cardinales de estas vetustas y pardas tierras. Sombra que ha dejado enarboladas durante infaustos y dramáticos momentos, las fúnebres y lúgubres banderolas del espíritu cainita de los hombres, quienes, en nombre del Crucificado, llegaban a vulnerar y atropellar los mandamientos de la ley de Dios. 

Espero que esta veraz y fidedigna historia, ayude a desenmascarar al bíblico Caín, para que cuando sintamos cerca de nosotros la fétida y negativa presencia de su sombra, sepamos alejarnos de su camino, antes de que las penumbras y umbrías de su masa nos marquen y nos signen con su particular quijada. 

Estos fueron los hombres y mujeres de la población condenados por la Inquisición de Llerena.




El Bachiller Juan de la Cerda

Cura de Jaraicejo, fue testificado por dos testigos varones, de que haría tres años que predicando el sermón del nacimiento dijo: “qué llegando nuestra Señora fatigada a Belén con los dolores del parto, se entró con José debajo de un portal y allí parió”. Que otro año que también predicó el mismo sermón dijo: “que había parido sin dolor”. Visto en el tribunal se suspendió. 



Cristóbal Rodríguez 



Labrador, cristiano viejo, vecino de Jaraicejo, fue testificado por un testigo clérigo, de que habría tres años que andando pidiendo limosnas con otro clérigo llegaron a su casa, y que poniéndole la mano sobre la cabeza a un niño que estaba allí, dijo el dicho Cristóbal Rodríguez: multiplica, multiplica, y diciéndole que no dijese aquellas palabras porque eran mal dichas, respondió, que Dios y todos multiplicasen, y diciéndole que aquello no se decía por los clérigos sino por los casados replicó, que por todos se dijo, y reprendiéndoselo ambos clérigos le dijeron, que lo que decía era herejía. Cuando fue llamado contestó, que lo que había dicho no lo dijo con malicia sino por ignorancia. Visto en el tribunal se suspendió. 


Mari Jara 


Cristiana vieja, vecina de Jaraicejo, fue testificada por un testigo clérigo, de haber oído decir a otra mujer habría medio año, que viniendo de lavar había dicho: que no debía de haber día del juicio final. Qué si se lo hubieran preguntado ahora, no dijera tal cosa por ser mujer de buen entendimiento. No se pudo examinar el testigo y se mandó el tribunal que el comisario lo haga. 


Hechiceras 


El comisario de Jaraicejo escribió al tribunal el 30 de octubre de 1719, dando cuenta de unas mujeres de aquel lugar que hacían unas curativas sospechosas sin expresar los nombres. Signatura: AHN. Inq. Leg. 1987, n, 42. 


Ana Lasa 


Vecina de Jaraicejo fue delatada de hechicerías el 8 de enero 1731, signatura:  AHN. Inq. Leg. 1987, n, 42. 


El Doctor Juan Jiménez Moreno 


Clérigo presbítero natural de Jarandilla teniente de cura de Jaraicejo, de 35 años de edad, fue testificado por nueve testigos, de que estando predicando el día de San José había dicho: que quería tratar un pleito matrimonial sobre adulterio y que el actor acusador era San José y la rea acusada era María hija de Joaquín y Ana. Que prosiguiendo en el sermón había dicho: que más parte tenía San José en Jesucristo que no el Espíritu Santo; y que los bienes de la virgen eran partibles con San José en bienes gananciales. Que San José era inmortal y que se le podría llamar rey de los cielos y de los ángeles. Que la Virgen había sido acusada de adultera y había sido dada por libre y que San José se parecía a Jesucristo y Jesucristo a San José. 

Que después de haber predicado dicho sermón y viendo que la gente murmuraba, el mismo volvió otro día al púlpito estando en la misa mayor vestido de diacono y se afirmó en ello porque tenía el parecer de dos teólogos. 

Los testigos dicen que el reo es cristiano nuevo, y por parte de la Inquisición se calificaron estas proposiciones por escandalosa, temerarias y sospechosas de herejía. Fue llevado al tribunal en 1613, se le advirtió que no se metiese en estas cosas.






Elvira Sánchez Díaz. 



“Mujer de Diego González, reconciliado por este Santo Oficio, vecina de Jaraicejo, de generación de judíos, de 42 años de edad, fue presa por octubre de 1576 por hereje judaizante, fue testificada por tres testigos y entre ellos su marido de tracto y comunicación; estuvo siempre negativa, hizo ciertas defensas que pareció no relevarle, se le dio tormento sobre lo testificado de cinco vueltas de cordel a los brazos, y estando tendida en el potro se le dio dos garrotes en las espinillas, se le echaron dos jarros de agua y persistió en su negativa. Fue votada a que salga al auto en forma de penitente, abjure de vehementi, pague cien mil maravedíes para gastos del Santo Oficio y sea desterrada por dos años precisos de Jaraicejo”.[1]


Alonso Hernández Ramos. 


“Mercader, vecino de Jaraicejo, de edad de 60 años, de generación de judíos: fue preso por junio de 1572 con información de dos testigos, que le testificaron de haber tenido con él trato y comunicación sobre la ley de Moisés. Estuvo negativo, se le dio tormento sobre lo testificado de seis vueltas de cordel a los brazos, y por julio de 1573 fue absuelto de la instancia, siendo nuevamente preso por marzo de 1575 por segunda vez. Fue testificado por tres testigos que le sobrevinieron, dos de ellos de haber tenido trato y comunicación de los mismos delitos, siendo contestes en muchas juntas y comidas que hicieron con él por la dicha ley de Moisés. Estuvo negativo. Se le dio tormento sobre lo testificado con cuatro vueltas de cordel a los brazos, tres garrotes en las espinillas y tres jarros de agua, siempre negó las acusaciones. Siendo votado en consulta, a que salga al auto, abjure de vehementi, y sea desterrado de Jaraicejo por dos años precisos.”[2]


Francisco Pérez Torres 


“Portugues, de oficio mercader y estanquero del tabaco, vecino de Jaraicejo, de 27 años de edad, salió al auto por hereje judaizante y confesó haber guardado la ley de Moisés por tiempo de cinco años. Haber hecho por su observancia en dicho tiempo muchos ayunos de dicha ley en diferentes días, por los meses de septiembre el ayuno que llaman del Día Grande, no comiendo ni bebiendo hasta la noche, que cenaba cosas de pescado, garbanzos y huevos y nada de carne; que antes de hacer dichos ayunos se lavaba los pies, se cortaba las uñas y ponía ropa limpia. Declaró que hizo algunos ayunos por difuntos no comiendo carne dicho día, y que al terminar los ayunos volvía a comerla y que guardó los sábados por fiestas. Declaró quién le había enseñado dicha ley y las personas en cuya compañía había hecho los ritos y ceremonias de ella, declaró que habían tratado y comunicado con él como judaizante. Se le leyó su sentencia con méritos y fue reconciliado en forma, se le confiscaron sus bienes, sambenito y cárcel perpetua.”[3]




Miguel Gómez Martín 

Trabajador, vecino de Jaraicejo, de 38 años de edad, compareció ante el comisario de su lugar que hace de juez ordinario y confesor, de haber dicho que no era pecado mortal echarse carnalmente un hombre con una mujer pagándoselo. El comisario lo envió al Santo Oficio, donde examinados cuatro testigos que dijeron haberse hallado presentes, le testificaron de lo mismo. Fue votado a Prisión y penitenciado con penitencia pública, la cual consiste en que dicho reo salga en un domingo o día de fiesta en la iglesia mayor de Jaraicejo vestido de penitente, donde se le declarara su causa y penitencia de destierro por un año, y que abjure de levi.[4]

Estos fueron los condenados de Jaraicejo por la Inquisición de Llerena, hombres y mujeres que sufriron en sus vidas un amargo y atormentado calvario que marcó en adelante el verdadero sentir religioso de sus vidas y el de la población. Había que extender el catolicismo por todo el país y la mejor fórmula encontrada por el tribunal eclesiástico para tal misión iba a ser, la de destruir y arrancar la cizaña que envenenaba las espigas cristianas del territorio. Una misión contundente puesta en marcha por la monarquía y la Iglesia Católica con un objetivo muy claro, enarbolar y blandir la bandera del Crucificado por toda la piel de toro. 

La Inquisición de Llerena pondrá en marcha un despliegue exterior auténticamente colosal, mostrando cuales son los reos condenados por ella y lo más importante, el cumplimiento de las sentencias impuestas. Proceder que en última instancia viene determinado por la naturaleza de los delitos, en los que entiende y determina que algunos de ellos son de tremenda gravedad. Pecados que lesionan la imagen del Nazareno y que deben de ser castigados según las instrucciones del Santo Oficio del momento. 

La dimensión de las penas será algo público y notorio; hay que reparar la dignidad herida del cristianismo y para ello los autos de fe serán el momento crucial de restauración de la misma. La misión de dichos actos será la de recordar al pueblo asistente, que está prohibido y sobre todo penado, caer en los mismos errores que en ese momento se están castigando. 

En Llerena, y más concretamente en la plaza de Santa María de la Granada, fue donde se desarrollarán los autos de fe de los herejes de Jaraicejo y otras poblaciones extremeñas. En ese espacio público, el espectáculo, la violencia, el perdón, el poder, la religión, el arte y la diversión, se convertirán en algo único e inolvidable en los cerebros y pupilas de los ciudadanos asistentes. Los vecinos presentes conocedores de estos acontecimientos, darán su testimonio de militancia católica en los templos y en la misma plaza donde el auto de fe se va a desarrollar, sumándose con su presencia a los actos que rodean el espectáculo religioso. 

Pero si el auto de fe pone de manifiesto los errores de los condenados, no lo van a ser menos las cárceles de la Inquisición, donde las torturas, los suicidios, la locura, y un permanente terror manifiesto, serán en dichos habitáculos los siniestros acompañantes de los hombres y mujeres detenidos por el Santo Oficio. Torturas como los garrotes en las espinillas, las vueltas de cordel en los brazos y muslos estando los reos echados sobre el potro, la famosa tortura de la toca o de los jarrillos de agua y otras por el estilo, harán que los cuerpos y mentes de muchos vecinos de Jaraicejo, queden traumatizados y estigmatizados para siempre. Toda una trágica epopeya en nombre del Dios de los cristianos, que pone de manifiesto, la falta de fe de unos hombres de Iglesia en busca de un solo Dios, una deidad llamada poder en la que existe una simbiosis de la política eclesiástica y secular por un interés común: la unidad de la fe. 

[1] Ibídem.
[2] Ibídem.
[3] Ibíd.
[4] Legajo 1988. N. 13. Relación de las causas despachadas en el Santo Oficio de la Inquisición de Llerena, desde el 29 de mayo de 1580, hasta el 24 de mayo de este presente año de 1581.

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